Prueba conjunta

150,00

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Descripción

prevista en el Artículo 61 del Real Decreto 818/2009 de 08 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, con el fin de determinar tu aptitud para la conducción y las posibles adaptaciones, restricciones y otras limitaciones que pudieran imponerte en la persona, el vehículo o la circulación.

Normalmente se realizará una prueba en un circuito cerrado y otra en vías abiertas al tráfico la prueba será evaluada por examinadores de la DGT y dependiendo de las características del aspirante, además se solicitará el asesoramiento de un médico designado por los servicios sanitarios competentes.